● “Ampliación de potencia eléctrica y pago de nuevos derechos de acometida. ¿Puede la compañía eléctrica exigir el pago de nuevos derechos de acometida cuando el usuario solicita la ampliación de la potencia contratada?"
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Ana I. Mendoza Losana
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Profesora Contratada Doctora de Derecho Civil, Centro de Estudios de Consumo (Universidad de Castilla-La Mancha)
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MOTIVO DE CONSULTA
.Desde una OMIC se plantea al Centro de Estudios de
Consumo de la Universidad de Castilla-La Manca (CESCO) la siguiente consulta: un
usuario solicita a la empresa de distribución de energía eléctrica de su zona
la ampliación de la potencia contratada (hasta 10,392 kW); la empresa responde accediendo
a la solicitud y explicando las exigencias técnicas y económicas para proceder
a la ampliación. Entre estas últimas figura la facturación de la cantidad de
218,48 en concepto de derechos de acometida. Dado que la acometida ya está
realizada, el usuario se cuestiona si es legal cobrar los derechos de acometida
por un incremento de potencia.
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